A dos meses de la implementación del Sistema de Entradas y Salidas (EES)

A dos meses de la implementación del Sistema de Entradas y Salidas (EES)

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AGM Abogados

Hace unos días viajé a Londres y, como especialista en derecho migratorio, me resultó imposible no observar –casi de forma automática– cómo se estaban aplicando en la práctica los nuevos sistemas de control fronterizo y cómo estos cambios comienzan a reflejarse en la experiencia real del viajero.

Más allá del trayecto o del destino, mi atención se centró en los detalles: los flujos en los controles, los procedimientos aplicados, los tiempos de espera y, sobre todo, la coexistencia de métodos tradicionales con herramientas digitales que ya forman parte del nuevo modelo europeo de gestión migratoria.

Durante el pase fronterizo pude ver que el EES se está implementando de manera parcial y progresiva. Las propias autoridades comentaron que hasta mayo de 2026 no se espera que el sistema esté plenamente operativo en todos los pasos fronterizos, lo que implica que, en determinados casos, aún se continúa utilizando el control de pasaportes con sello físico, mientras que en otros ya se aplica el registro electrónico y biométrico.

¿Qué es el Sistema de Entradas y Salidas (EES)?

El EES es un sistema informático automatizado desarrollado por la Unión Europea (UE) para registrar electrónicamente las entradas y salidas de los viajeros de países no miembros de la UE que visitan el espacio Schengen por estancias de corta duración (hasta 90 días en un periodo de 180 días).

Su objetivo principal es sustituir de manera gradual el proceso de sellado manual del pasaporte, permitiendo a las autoridades registrar automáticamente las fechas y lugares de entrada y salida, controlar la duración de la estancia, detectar sobreestancias de manera más eficaz y fortalecer la seguridad fronteriza.

En dicho sistema se recopilan diversos tipos de datos personales, incluidos datos biométricos como la imagen facial y las huellas dactilares, así como el registro de las decisiones de denegación de entrada.

Desde su implementación, el viajero debe estar más atento a la duración de su estancia, ya que el EES automatiza los cálculos de los días permitidos, lo que exige que los viajeros se informen bien sobre sus derechos y obligaciones en cuanto a su estancia. Sin embargo, se ha puesto a disposición la “Short-stay calculator” como herramienta para calcular los días de estancia autorizada.

¿A quién no se aplica el EES?

Es importante tener en cuenta que el EES no se aplica a ciertos grupos, como:

  • Nacionales de los Estados miembros de la UE (incluidos Chipre e Irlanda).
  • Familiares de ciudadanos de la UE que tengan una tarjeta de residencia.
  • Titulares de permisos de residencia o visados de larga duración.
  • Nacionales de Andorra, Mónaco y San Marino, así como los titulares de pasaportes del Vaticano.
  • Diplomáticos y otras personas con exenciones específicas.
  • Miembros de fuerzas armadas en misiones de la OTAN.
  • Trabajadores transfronterizos, tripulaciones de trenes internacionales y otras categorías específicas.

Por último, es claro que el EES no es solo una herramienta tecnológica, sino un cambio estructural en la forma en que Europa gestiona sus fronteras y la movilidad internacional.

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