
Aprobada la Ley que obliga a las organizaciones a implementar un canal ético o de denuncias
Héctor Déniz Guedes, Responsable área Corporate Compliance. AGM Abogados
Con fecha 20 de febrero de 2023, se aprobó la Ley 2/2023, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Esta Ley establece que determinadas entidades del sector privado estarán obligadas a implementar el canal ético o de denuncias. Concretamente, la norma establece que, en el sector privado, deberán contar con esta canal:
- Las personas jurídicas con más de 50 trabajadores.
- Partidos políticos, sindicatos, patronales y las fundaciones, siempre que éstas últimas reciban o gestionen fondos públicos.
La normativa también afecta al Sector Público, y deberán contar con dicho canal:
- Las Administraciones Públicas.
- Los Organismos y Entidades Públicas.
- Las Autoridades Administrativas independientes y las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.
- Las Corporaciones de Derecho Público.
- Las Fundaciones del sector público.
- Las Universidades Públicas.
Es verdaderamente importante que las entidades españolas implementen este canal, pues las sanciones previstas por el incumplimiento de la norma ascienden hasta el millón de euros.
¿Qué plazo tengo para implantar el canal ético o de denuncias?
Dado que la Ley 2/2023 entró en vigor el 13 de marzo, se establecen los siguientes plazos para la implementación del canal ético o de denuncias:
- Las empresas de más de 249 trabajadores tienen 3 meses para su implementación, siendo la fecha límite el 13 de junio de 2023.
- El resto de empresas, las comprendidas entre 50 y 249 trabajadores, tienen hasta el 1 de diciembre de 2023 para implementarlo.
¿Cómo implementar el canal ético o de denuncias?
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