Ayudas y medidas urgentes para la rehabilitación edificatoria

 

Luís F. Conde Berné, Asociado área Gestión de Crisis. AGM Abogados 

 

 

Programas de ayudas 

 

El BOE del 6 de octubre de 2021 publica el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que permiten implementar dos de las principales inversiones del Plan, dotadas con 4.420 millones de euros. La cifra incluye 450 millones de euros destinados a financiar incentivos fiscales a la rehabilitación, que se regulan a través de RD-Ley. 

 

En concreto, la normativa regula el desarrollo de las inversiones C02.I01 «Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales», con un presupuesto de 3.420 millones de euros, y C.02.I02 «Programa de construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes», que cuenta con 1.000 millones de euros del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) aprobado por la UE. Las inversiones forman parte del Componente 2 del PRTR «Implementación de la Agenda Urbana española: Plan de rehabilitación y regeneración urbana», dotado con 6.820 millones de euros. 

 

El nuevo RD articula los planes en 6 programas: 

 

Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio. 

Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación 

Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio. 

Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas. 

Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación. 

Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes. 

 

El MITMA procederá a transferir este mismo año a las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla un total de 1.151 millones de euros para que puedan aplicar los diferentes programas de rehabilitación residencial, y realizar las convocatorias de ayudas en sus respectivos ámbitos territoriales, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto. 

 

Medidas urgentes para impulsar la actividad 

 

El mismo BOE publica el Real Decreto-Ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que supone la aplicación por parte del Estado de diferentes instrumentos, reformas e inversiones para la consecución de los compromisos de nuestro país para la rehabilitación y mejora del parque de viviendas. 

 

En primer lugar, se introducen nuevas deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales. Estas deducciones, que estarán vigentes desde el mismo día de publicación del Real Decreto-Ley en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se aplicarán sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual y en los edificios residenciales, acreditadas a través de certificado de eficiencia energética. 

 

La medida está financiada con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) aprobado por la Unión Europa y forma parte de la inversión C02.I01del PRTR, «Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales», dotado con 3.420 millones de euros, de los que 450 millones se destinarán inicialmente para financiar los incentivos fiscales. 

 

En particular, se introducen tres deducciones: 

 

  • Deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual. Su periodo de aplicación será hasta 31 de diciembre de 2022, debiendo tratarse de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual. Podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación y mejora en las que se obtenga una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración, según certificado de eficiencia energética de la vivienda. El porcentaje de deducción es de un 20% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 5.000€ por vivienda. 

 

  • Deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual. Su periodo de aplicación será hasta 31 de diciembre de 2022, debiendo tratarse de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual. Podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación o mejora en las que se reduzca al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un 40% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 7.500€ por vivienda. 

 

  • Deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales. Su periodo de aplicación será hasta 31 de diciembre de 2023, debiendo tratarse de actuaciones de mejora que afecten al conjunto del edificio. Podrán acogerse las personas físicas en cuyo edificio se hayan realizado obras de mejora o rehabilitación en las que se obtenga una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética del edificio, o mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un 60% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 15.000€ por vivienda. 

 

Mejoras normativas 

 

En segundo lugar, se introducen mejoras en la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, para facilitar la toma de decisiones en las comunidades de propietarios. En concreto, se modifica el régimen aplicable a las obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética en el conjunto del edificio, estableciendo un régimen de mayoría simple para la realización de tales obras, así como para la solicitud de ayudas y financiación para ello. 

En tercer lugar, se refuerza la capacidad de actuación de comunidades de propietarios para el acceso al crédito para obras de rehabilitación y mejora de los edificios, a través de una modificación del Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre), con objeto de que tengan plena capacidad jurídica para la formalización de los créditos a la rehabilitación o mejora de los edificios, y así favorecer su acceso a la financiación. 

 

En cuarto lugar, se aprueba la creación de una línea de avales para la cobertura parcial por cuenta del Estado de la financiación de obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética. Con esta nueva línea de avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO), que se desarrollará a través de un convenio con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, se cubrirán parcialmente los riesgos de los préstamos concedidos por parte de las entidades financieras privadas destinados a actuaciones de rehabilitación de edificios de vivienda que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética. Según lo dispuesto en el RD-Ley aprobado, a través de esta nueva línea se podrán conceder avales por un importe de hasta 1.100 millones de euros, con lo que será un importante apoyo a la financiación de las actuaciones de rehabilitación de edificios residenciales. 

 

 

Si tienes dudas o quieres ampliar información, ponte en contacto con nosotros. 



X