La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, establece la obligatoriedad de que las entidades del sector público y privado dispongan de canales éticos o de denuncias internos.
En España estos canales están destinados a denunciar infracciones de la normativa de la UE, además de las distintas tipologías de delitos e infracciones administrativas en las que puedan incurrir las organizaciones.
La implementación de un canal ético o de denuncias constituye un elemento esencial de un sistema de gestión de Compliance para identificar y corregir las deficiencias de una empresa y, principalmente, para la prevención y detección del fraude empresarial.
Nuestros abogados expertos en Corporate Compliance ofrecen a las empresas un servicio integral de asesoramiento, implementación y gestión del canal ético o de denuncias interno, para que puedan llevarlo a cabo cumpliendo todas las normativas europeas.