¿Cómo afecta el estado de alarma por el COVID-19 a mi trámite de Extranjería

¿Cómo afecta el estado de alarma por el COVID-19 a mi trámite de Extranjería?

Laura Caballero Gutiérrez, abogada área Inmigración. AGM Abogados

 

El pasado domingo 15 de marzo entró en vigor el Real Decreto por el que se declara el estado de alarma y se determinan las medidas extraordinarias acorde a las indicaciones de las autoridades sanitarias por la evolución del COVID-19.

 

En lo que afecta a los trámites de extranjería, cuya competencia corresponde a la Administración General del Estado, se han ido emitiendo diferentes comunicados para que los ciudadanos eviten acudir a las oficinas de extranjería (que incluso están cerrando en su mayoría) y potenciar, en la medida de lo posible, la presentación de los expedientes de manera telemática.

 

La principal medida que afecta a esta materia es la suspensión de plazos administrativos, durante los 15 días siguientes, a contar desde el 16 de marzo, se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos en el sector público. Una vez pierda vigencia dicho decreto, aunque es muy probable que se prorrogue por más tiempo, el cómputo de los plazos se reanudará. También se indica que los plazos de prescripción y caducidad quedan de igual manera suspendidos. A efectos prácticos, si recibimos un requerimiento para aportar documentación en un plazo de 10 días, y el plazo vence durante este periodo de suspensión, debemos para el cómputo de los 10 días el lunes 16 de marzo y reanudarlo cuando esta situación de alarma finalice. Igualmente, los plazos de silencio positivo quedan paralizados, los expedientes no caerán en silencio positivo durante este periodo, también se paralizan los plazos para presentar recursos administrativos frente a resoluciones denegatorias.

 

Para aquellas personas que tuvieran una cita en la Oficina de Extranjería de la Calle Murcia de Barcelona durante este periodo, se ha establecido una medida provisional y las solicitudes podrán ser presentadas telemáticamente mediante certificado digital por el propio interesado o por cualquier otro que le represente, por tanto las citas presenciales quedan anuladas. Por este motivo, desde AGM Abogados podemos ofrecer exclusivamente el servicio de presentación de dichas solicitudes para aquellas personas que lo necesiten y no tengan un certificado digital.

 

En Madrid, la Oficina de Extranjería cerrará sus puertas al público sin la posibilidad de presentar las solicitudes y, por el momento, no se ha facilitado ninguna alternativa telemática.

 

El servicio de Cita Previa – Policía también ha comunicado, a través de la Sede Electrónica, que la expedición de documentos de extranjería queda suprimida y se anulan aquellas citas que ya estuvieran reservadas, esto afecta a aquellas personas pendientes de solicitar una nueva Tarjeta de Identidad de Extranjeros.

 

Por último, el Registro Civil de Madrid, tras las largas colas que se han producido a primera hora del lunes 16 de marzo, ha anunciado que cerrará sus puertas, excepto para aquellas personas que deban de inscribir el nacimiento en plazo, la celebración de matrimonios y para la expedición de las licencias de enterramiento.

 

Entérate de todos los cambios legislativos derivados de la declaración del estado de alarma por el COVID-19, que afectan a empresas y personas, haciendo clic aquí.

 

Si tienes cualquier duda sobre cómo afecta el estado de alarma a tu trámite de extranjería, puedes contactarnos a través de nuestra página web de AGM abogados.



X