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Una persona extranjera se halla en situación de residencia cuando ha sido autorizada a permanecer en España por un periodo superior a 90 días. Sin embargo, se encuentran en situación de estancia los estudiantes o los turistas, estos últimos durante un máximo de 90 días en periodos de 180.
Ahora bien, aquellos estudiantes que han sido admitidos para realizar un programa de estudios en España cuya duración es superior a los 90 días, pese a encontrarse en situación de estancia, pueden permanecer en el país por el tiempo que duren los estudios.
A su vez, nos podemos encontrar con autorizaciones de residencia que habiliten a trabajar y a residir y otras que meramente habilitan a residir. Por el contrario, las situaciones de estancia no habilitaran a trabajar ni a residir sino únicamente a permanecer en España (con matices que explicaremos más adelante)
Desde septiembre de 2018 existen además dos nuevas modalidades de permisos de residencia en España que facilitan la conversión de permiso de estancia a residencia.
Supuestos en los que sería posible modificar la situación de mera residencia o estancia a una residencia que habilite a trabajar en España:
- Haber permanecido 3 años de forma continuada en España en situación de estancia por estudios te habilitará a modificar tu situación a un permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.
- Estar en disposición de un permiso de residencia no lucrativa te permitirá acceder a un permiso de residencia y trabajo al cabo de un año sin que se tenga en cuenta la situación nacional de empleo.
- Desde un permiso de estancia por estudios, sin importar el tiempo que lleves en España, se puede acceder a un permiso de residencia para búsqueda de empleo o emprender un proyecto empresarial.
- Desde un permiso de estancia por estudios (sin importar el tiempo que lleves en España) o turista, se puede acceder a un permiso de residencia para prácticas
- Estar en disposición de un permiso de estancia por estudios o turista, te permitirá acceder a cualquier permiso de residencia de la Ley de Emprendedores (Residencia de Inversor, Residencia de Profesional Altamente Cualificado, Residencia de Emprendedor)
- La persona reagrupada por un extranjero residente en España con un permiso de residencia y trabajo también está habilitada a trabajar.
- Tanto en situación de estancia por estudios o turista, como cualquier otra modalidad de residencia permitirá acceder a la Tarjeta de Familiar de Comunitario, que habilitará a trabajar tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, si tiene un vínculo familiar con un ciudadano europeo
Por último, y haciendo referencia a lo que comentaba en el párrafo tercero, bajo un permiso de estancia por estudios es posible solicitar una autorización de trabajo por cuenta ajena siempre que el trabajo sea compatible con los estudios (los horarios no se solapen) y la duración de la misma no podrá ser superior a la de la autorización de estancia de la que sea titular. Esto significa que por el mero hecho de estar en posesión de una autorización de estancia por estudios no está habilitado a trabajar sino que será necesario tramitar la autorización de trabajo correspondiente.