La comunicación de créditos en Francia

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Mélanie Roque Martins

La comunicación de créditos es una formalidad obligatoria para los acreedores que quieren obtener el pago de sumas debidas por una empresa en procedimiento concursal. Es decir, una empresa en estado de insolvencia o en liquidación.

Así, cuando una empresa tiene dificultades económicas, el Tribunal de comercio competente emite una decisión de apertura del procedimiento concursal (a partir de esta fecha indicada, a la empresa se le prohíbe pagar sus deudas anteriores).

Esta decisión es publicada en el BODACC – Bulletin Officiel des annonces civiles et comerciales  (equivalente del BOE) y, en un periódico de anuncios legales de la sede de la sociedad insolvente.

De hecho, a partir de la publicación de la decisión, los acreedores cuyo crédito es anterior a la fecha de apertura del procedimiento tienen dos meses para comunicar la totalidad de sus créditos al representante de los acreedores (en caso de una empresa en situación de insolvencia). O, si la empresa se encuentra en liquidación esta declaración de créditos ha de hacerse al administrador concursal (liquidateur). Este plazo puede aumentarse dos meses si el acreedor tiene su domicilio fuera de Francia.

Esta comunicación, obligatoria y correspondiente al acta de acciones legales, puede ser efectuada por el acreedor o por el tercero (abogado) que desee. Tiene que indicar:

  • La suma de los créditos que se deban en el momento de la decisión de apertura del procedimiento con indicación de las sumas que tendrán pagarse en la fecha de vencimiento;
  • Las formas de cálculo de los intereses.

En la comunicación tienen que adjuntarse, además, todos los documentos que justifiquen estos créditos (facturas, albaranes de entrega, pedidos,….).

Para tener una prueba tanto del envío como de la recepción de la comunicación de créditos por el representante de los acreedores o del liquidateur, se suele mandar por carta certificada con aviso de recepción.

El representante de los acreedores o el liquidateur elabora el listado de las deudas y establece propuestas de admisión o de rechazo.

Al final, el representante de los acreedores o el liquidateur propone o un programa de pagos; o bien un único pago reducido (propone, por ejemplo, el pago del 70% de la deuda en un pago inmediato con un desistimiento al 30% restante).

Cuando el crédito es importante, el acreedor también puede pedir ser controlador judicial, lo que le va a permitir participar en el procedimiento, teniendo acceso a la totalidad de la documentación de la sociedad deudora y, en caso de inacción del administrador concursal, ejercer una acción de responsabilidad contra los dirigentes de la sociedad insolvente.

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