Deducciones para arrendador y/o arrendatario por alquiler de vivienda aprobadas por las Comunidades Autónomas

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AGM Abogados

Nueva deducción para el Arrendador

En las Islas Baleares, el 75% de los gastos satisfechos en el concepto de primas de seguro que cubren el impago de rentas. El límite será de 400€.

Canarias, por arrendamientos a precios con sostenibilidad social: 10% de los rendimientos netos reducidos. El 75% de los gastos satisfechos en concepto de primas de seguro que cubren el impago de rentas. El límite será de 150€.

Castilla y León, por inversión en rehabilitación de viviendas destinadas al alquiler en el medio rural: 15% de las cantidades invertidas, con una base máxima de deducción de 20.000€.

La Rioja, alquiler a jóvenes a través de la bolsa de alquiler del Gobierno de La rioja: 100€ anuales.

No existe la deducción por alquiler de viviendas para el arrendador en las siguientes comunidades autónomas: Asturias, Madrid, Catalunya, Andalucía, Murcia, Valencia, Galicia, Extremadura, Castilla La Mancha, y Cantabria.

Deducciones para el Arrendatario

Andalucía, 15% de las cantidades satisfechas por el alquiler con un importe máximo de 500€.

Asturias, 10% de las cantidades satisfechas por alquiler, con un máximo de 455€. 15% de las cantidades satisfechas por alquiler, con un máximo de 606 euros en el medio rural.

Aragón, por arrendamiento de viviendas habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago.

Castilla La Mancha, 15%/20% de las cantidades satisfechas por el alquiler con un importe máximo de 450€/612€.

Castilla y León, 20% o 25% de las cantidades satisfechas por el alquiler con un importe máximo de 459€/612€.

Catalunya, jóvenes menores de 32 años, parados, discapacitados o viudos mayores de 65 años: 10% de las cantidades con un importe máximo de 300€.

Extremadura, personas mayores de 36 años, familias numerosa, discapacitados o viudos mayores de 65 años: 10%/15% de las cantidades con un importe máximo de 300€/400€.

Galicia, 10% de las cantidades satisfechas por el alquiler con un importe máximo de 300€.

Nuevas deducciones para el Arrendatario

Islas Baleares, jóvenes menores de 36 años, discapacitados o familias numerosas: 15% de las cantidades con un límite de 400€ anuales. Alquiler derivado del traslado temporal de residencia por motivos laborales por cuenta ajena.

Canarias, 20% de las cantidades satisfechas por el alquiler con un importe máximo de 400€. Por alquiler de vivienda vinculado a determinadas operaciones de dación en pago.

Cantabria, jóvenes, mayores o personas con discapacidad: 15% de las cantidades con un importe máximo de 300€/600€.

Madrid, jóvenes menores de 35 años en determinadas circunstancias: 30% de las cantidades satisfechas con un importe máximo de 1.000€ anuales.

Valencia, en general: 15%/20% con el límite de 550€/700€. Personas con discapacidad: 20%/25% con límite de 700€/850€. Trabajar en municipios distintos: 10% con el límite de 204€.

Murcia y La Rioja, no tienen deducciones.

Si durante el 2018 ha sido arrendador o inquilino, compruebe si su Comunidad Autónoma tiene aprobada alguna deducción.

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