Fiscal y Derecho Tributario insert_chart Infografía
Finalmente, el impuesto catalán sobre activos no productivos ha “resucitado”. Recordemos que el mismo fue objeto de recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, y que en febrero de 2019, dicho Tribunal ha declarado la constitucionalidad del tributo.
Con ello, ahora nos encontramos con la obligación de revisar si procede presentar la autoliquidación por el tributo, por los períodos que han estado en suspenso, es decir, por los períodos 2017, 2018 y 2019, siendo el plazo para la presentación de la autoliquidación por este tributos entre los meses de octubre y noviembre de este año. Posteriormente, el plazo para la presentación de la autoliquidación del tributo será del 1 al 30 de junio de cada año.
Encontraréis a continuación una infografía que contiene las líneas básicas del tributo: