
Desplazamiento de trabajadores a Francia: Requisitos en caso de desplazamiento por cuenta del empleador sin prestación de servicios
Mélanie Roque Martins, abogada French Desk. AGM Avocats
Como hemos mencionado en artículos pasados, una empresa española que realice desplazamientos de sus trabajadores a Francia tiene varias formalidades administrativas que cumplir, previas al desplazamiento. Entre ellas se encuentran la declaración de desplazamiento del trabajador y la designación de un representante en Francia (artículo la designación de un representante). En caso de incumplimiento, si se produce una inspección laboral habrá sanciones que pueden costar a la empresa varios miles de euros (artículo multas por incumplimiento de la normativa francesa).
Todos estos requisitos administrativos previos al desplazamiento solían ser válidos para cualquier finalidad del desplazamiento en Francia (una prestación de servicios, una formación, etc).Sin embargo, desde el pasado 7 de septiembre de 2018, Francia ha reducido sus requisitos administrativos cuando el trabajador se desplaza por cuenta de su empleador y sin prestar ningún tipo de servicio.
Solo en este caso de desplazamiento del trabajador por cuenta del empleador y sin ninguna prestación de servicio el desplazamiento está exento de cualquier formalidad declarativa.
Así, cuando un trabajador se desplaza a Francia, por ejemplo, para efectuar una formación, no se tiene que realizar ninguna declaración SISPSI ni tener un representante en dicho país.
No obstante, los demás requisitos y obligaciones siguen vigentes. Se tiene que cumplir con todo lo correspondiente a la normativa francesa (ley, convenios colectivos, …), así como con el salario mínimo, las horas extraordinarias, la jornada laboral, las vacaciones y los días festivos.
Asimismo, la empresa tiene la obligación de encargarse de los gastos relativos al alojamiento, a la comida y al transporte. También ha de hacerse un rembolso de aquellos gastos secundarios, siempre y cuando se presente un justificante del importe y el concepto por parte del empleado. Puede hacerse de una manera conjunta en la que la empresa abone una suma global que sea coherente con el coste de vida del lugar de desplazamiento.
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