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¿Qué es la firma (signing) y el cierre (closing) en un contrato SPA?
En el marco de una compraventa de empresa mediante adquisición de participaciones o acciones – lo que en la práctica se conoce como Share Purchase Agreement o SPA – existen dos momentos clave que estructuran toda la operación: la firma (signing) y el cierre (closing).
La firma o signing es el momento en que las partes suscriben el contrato y se vinculan jurídicamente a las condiciones de la operación. El cierre o closing, en cambio, es el momento en que la operación se ejecuta materialmente: se transmite la propiedad de las participaciones y se paga el precio acordado. Ambos actos pueden coincidir en la misma fecha o producirse en momentos distintos, siendo lo segundo lo más habitual en operaciones de cierta envergadura.
Antes del signing se desarrolla una fase preparatoria que incluye la negociación de la carta de intenciones y otros acuerdos previos y la revisión de la empresa objeto de la transacción mediante un proceso de due diligence. El SPA es uno de los tipos de contrato habituales en operaciones de M&A, junto con los contratos de compraventa de activos u otros vehículos transaccionales.
Si la operación se articula en dos fases, el signing no produce por sí solo la transmisión de la propiedad, que queda diferida al closing. Para ello es necesario el cumplimiento de una serie de condiciones suspensivas (conditions precedent), que actúan como requisitos cuyo cumplimiento obliga a las partes a formalizar la operación ante notario. En la práctica, la firma del SPA funciona como una promesa de compraventa vinculante, cuyos efectos quedan en suspenso hasta que dichas condiciones se satisfacen.
El proceso de compraventa: de la firma al cierre
A continuación, se resume el itinerario habitual de una operación de compraventa de empresa:
- Firma del SPA (signing): las partes acuerdan las condiciones de la operación. Se vinculan contractualmente, pero la propiedad no se transmite todavía.
- Interim Period: periodo entre signing y closing. El vendedor mantiene la gestión con limitaciones. Se monitoriza el cumplimiento de las condiciones suspensivas.
- Cumplimento de conditions precedent: se obtienen autorizaciones regulatorias, consentimientos de terceros y se ejecutan las reestructuraciones pactadas.
- Cierre de la operación (closing): se eleva el SPA a público ante notario. Se transmite la propiedad de las participaciones o acciones y se paga el precio.
- Post-closing: ejecución de obligaciones diferidas: ajuste de precio, earn-out, constitución de garantías, entrega de documentación, non-compete.
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¿Qué son las condiciones suspensivas (conditions precedent) en un SPA?
Las condiciones suspensivas son, por lo tanto, aquellas de las que depende que se produzcan los efectos jurídicos propios del contrato de compraventa. Pueden consistir en actuaciones de cualquiera de las partes, o de un tercero, así como la concurrencia o no de distintas situaciones, o eventos.
En la mayoría de los casos, las condiciones suspensivas se establecen en favor del comprador, para que pueda reducir los riesgos de su inversión. Si bien el comprador goza de la protección de las declaraciones y garantías típicas del contrato de compraventa, las condiciones suspensivas le permiten resolver, o mitigar, anticipadamente, posibles contingencias, que normalmente habrán sido identificadas durante el proceso de due diligence.
También puede ser interesante para la parte vendedora incluir condiciones suspensivas, para excluir activos (carve-out), o realizar una reestructuración societaria previa al cierre. Asimismo, al vendedor puede interesarle subsanar contingencias identificadas antes de transmitir la empresa, para evitar reclamaciones que puedan dar lugar a una obligación de indemnizar al comprador, o la reducción de un precio variable, con posterioridad al cierre.
Algunas de las condiciones suspensivas más habituales consisten en obtener el consentimiento de terceros (authorisation o waiver) para la cesión de préstamos o contratos, como pueden ser los bancos, instituciones financieras, arrendadores o, socios estratégicos. De igual forma, suelen establecerse cuando es necesario que las autoridades de competencia aprueben la transacción.
¿Pueden coincidir la firma y el cierre en el mismo acto?
Sí. Aunque lo habitual en operaciones de mediana y gran dimensión es separar ambos momentos, es perfectamente posible que signing y closing tengan lugar el mismo día. Esto ocurre con mayor frecuencia en operaciones de menor complejidad, cuando no existe ninguna condición suspensiva pendiente de cumplir en el momento de la firma, o cuando las partes han gestionado todas las autorizaciones necesarias de forma previa a la suscripción del contrato.
En estos casos, el contrato se perfecciona y ejecuta simultáneamente: se firma la escritura de compraventa ante notario, se transmite la propiedad de las participaciones o acciones, y se efectúa el pago del precio en el mismo acto.
La decisión de unificar o separar signing y closing depende de factores como la complejidad regulatoria de la operación, la necesidad de obtener autorizaciones de competencia o de otros organismos reguladores, la existencia de cláusulas de carve-out o reestructuración societaria previa, o simplemente la voluntad de las partes de disponer de un período de transición en la gestión del negocio.
¿Qué ocurre durante el interim period entre el signing y el closing?
El interim period o período intermedio es el lapso de tiempo que transcurre entre la fecha del signing y la fecha del closing. Durante este período, el vendedor mantiene formalmente el control de la empresa, pero su capacidad de gestión queda limitada por una serie de obligaciones contractuales orientadas a proteger el valor del negocio adquirido.
Las obligaciones y mecanismos más habituales durante el interim period son los siguientes:
- Gestión ordinaria del negocio (negative covenants): el vendedor se compromete a no adoptar decisiones que superen el curso ordinario del negocio sin el consentimiento previo del comprador. Esto incluye limitaciones sobre nuevas contrataciones, inversiones relevantes, reparto de dividendos o modificaciones de contratos clave.
- Ajuste de precio: en función de los resultados del negocio durante el interim period, el precio de compraventa puede quedar sujeto a un mecanismo de ajuste en la fecha del closing, tomando como referencia un balance de cierre o una cuenta de resultados del período.
- Mecanismo de locked box: como alternativa al ajuste de precio, las partes pueden acordar un mecanismo de locked box, leakage y permitted leakage por el que el precio queda fijado a una fecha anterior al signing, con restricciones estrictas sobre la extracción de valor de la empresa hasta el closing.
- Cláusulas MAC (Material Adverse Change): permiten al comprador resolver el contrato o renegociar las condiciones si entre el signing y el closing se produce un deterioro material y significativo en la situación económica, financiera u operativa de la empresa adquirida.
La correcta regulación del interim period es fundamental para preservar el valor de la operación y evitar conflictos entre las partes en el período previo al cierre
¿Cómo se ejecuta el closing en un contrato de compraventa de empresas?
Una vez verificado el cumplimiento de todas las condiciones suspensivas, se procede a la ejecución del cierre o closing. En este acto, habitualmente celebrado ante notario, se eleva a público el SPA y ambas partes perfeccionan la transmisión de la empresa: el vendedor entrega las participaciones o acciones, y el comprador satisface el precio pactado.
Las actuaciones típicas en la fecha de cierre incluyen:
- Elevación a público del contrato de compraventa ante notario.
- Transmisión formal de las participaciones o acciones al comprador.
- Pago del precio, o de la parte del precio exigible en ese momento.
- Entrega de documentación corporativa (libros de actas, registros de socios, poderes vigentes, etc.).
- Dimisión de los administradores salientes y nombramiento de los nuevos.
- Comunicaciones a terceros (bancos, clientes, proveedores) sobre el cambio de titularidad.
Tras el closing, comienza la fase de post-closing: un conjunto de obligaciones diferidas que las partes deben ejecutar en los plazos y condiciones previstos en el SPA. Entre las más habituales se encuentran el ajuste final del precio de compraventa, el posible pago de un earn-out vinculado a la evolución futura de negocio, la constitución de garantías frente a contingencias identificadas en el SPA, y la firma de contratos de servicios de transición o cláusulas de no competencia que vinculen al vendedor durante un período determinado.
En todo caso, el proceso de adquisición variará significativamente en función de las características de cada operación, su dimensión y los intereses de las partes. La misma puede realizarse por ejemplo mediante una reestructuración societaria como una fusión o escisión, o bien adquiriendo únicamente una unidad productiva, sin comprar las acciones o participaciones de la sociedad (muy habitual en las adquisiciones de empresas en concurso de acreedores).
La implicación de abogados especializados en compraventa de empresas desde las fases iniciales es clave para estructurar correctamente el itinerario de la transacción y anticipar los riesgos en cada etapa.
Si tienes dudas o quieres ampliar información, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
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