
Las nuevas multas de tráfico
Alberto González Martín, abogado área Litigación y Arbitraje. AGM Abogados
El pasado 21 de diciembre de 2021 se publicó en el BOE la Ley 18/2021 de 20 de diciembre por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en materia de permiso y licencia de conducción por puntos que ha supuesto la modificación de comportamientos ya sancionables y la introducción de otros nuevos que conllevan multas y/o pérdida de puntos.
Esta reforma entrará en vigor en sus grandes líneas el próximo 21 de marzo de 2022, es decir 3 meses después de su publicación, salvo los cambios que afectan a los arts. 75,98,99, 100, 101 y anexos V, VI y VII que lo hicieron al día siguiente de la publicación en el BOE y que son considerados infracciones leves y que dan lugar a multa de 100€:
- Impago de peaje, tasa o precio público cuando fuese exigible
- Incumplir los conductores la obligación de controlar su vehículo.
- Incumplimiento por los conductores de bicicletas de las normas de la ley que no se califiquen como graves o muy graves.
Nuevas sanciones e infracciones que se modifican
A) INFRACCIONES GRAVES
- Uso del móvil: tener el móvil en la mano mientas se conduce pasa a ser sancionable y cualquier acción de usar el móvil al volante pasa de descontar 3 a 6 puntos, manteniendo la multa de 200€. Desde el año 2016, las distracciones al volante son la primera causa de los accidentes mortales (31%).
- La mala utilización de los elementos de seguridad del vehículo como el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil o incluso el casco pasan a restar 4 puntos (antes 3) y multa de 200€. 1 de cada 4 fallecidos por accidente no hacía uso del cinturón de seguridad.
- No respetar las restricciones por contaminación y las ZBE (Zonas de Bajas Emisiones) pasa a sancionarse con 200€ de multa.
- Adelantar de manera peligrosa a los ciclistas pasa a restar 6 puntos, debiendo cambiar de carril en caso de vía con más de una vía de circulación para adelantar al ciclista, manteniendo el metro y medio de seguridad.
- Utilización de dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce entre el casco y la cabeza del usuario: 3 puntos y 200€ de sanción.
B) INFRACCIONES MUY GRAVES
- Arrojar objetos que pueden ser peligroso, hasta el punto de originar un incendio o un accidente, se tipifica como acción muy grave y costa 6 puntos y 500€ de multa.
- Se sanciona con 500€ y la imposibilidad de poder presentarse al examen de conducir en un plazo de 6 meses para el caso de la utilización de intercomunicadores u otros dispositivos que se utilicen para hacer trampas en el examen de conducir.
- El incumplimiento de las normas en materia de auxilio en las vías públicas: 500€ de sanción.
C) OTRAS MODIFICACIONES
- Margen para adelantar: se suprime el margen de 20 km/h para adelantar a otros vehículos.
- Se posibilita el recuperar 2 puntos de carné realizando cursos de conducción segura, unificándose en 2 años el tiempo que debe transcurrir para recuperar el saldo inicial de 8.
- Los conductores menores de edad de cualquier vehículo (ciclomotores, permiso AM, motos hasta 125 cc bicicletas y vehículos de movilidad personal), no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0, tanto en sangre como aire espirado.
- Sanción de 200€ por conducir un vehículo teniendo el permiso de conducción suspendido como medida cautelar o teniendo prohibido su uso.
Si necesitas más información sobre este tema no dudes en contactarnos.