Las nuevas multas de tráfico

Alberto González Martín, abogado área Litigación y Arbitraje. AGM Abogados

 

El pasado 21 de diciembre de 2021 se publicó en el BOE la Ley 18/2021 de 20 de diciembre por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en materia de permiso y licencia de conducción por puntos que ha supuesto la modificación de comportamientos ya sancionables y la introducción de otros nuevos que conllevan multas y/o pérdida de puntos.

 

Esta reforma entrará en vigor en sus grandes líneas el próximo 21 de marzo de 2022, es decir 3 meses después de su publicación, salvo los cambios que afectan a los arts. 75,98,99, 100, 101 y anexos V, VI y VII que lo hicieron al día siguiente de la publicación en el BOE y que son considerados infracciones leves y que dan lugar a multa de 100€:

 

  • Impago de peaje, tasa o precio público cuando fuese exigible
  • Incumplir los conductores la obligación de controlar su vehículo.
  • Incumplimiento por los conductores de bicicletas de las normas de la ley que no se califiquen como graves o muy graves.

 

Nuevas sanciones e infracciones que se modifican

A) INFRACCIONES GRAVES

 

  1. Uso del móvil: tener el móvil en la mano mientas se conduce pasa a ser sancionable y cualquier acción de usar el móvil al volante pasa de descontar 3 a 6 puntos, manteniendo la multa de 200€. Desde el año 2016, las distracciones al volante son la primera causa de los accidentes mortales (31%).

 

  1. La mala utilización de los elementos de seguridad del vehículo como el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil o incluso el casco pasan a restar 4 puntos (antes 3) y multa de 200€. 1 de cada 4 fallecidos por accidente no hacía uso del cinturón de seguridad.

 

  1. No respetar las restricciones por contaminación y las ZBE (Zonas de Bajas Emisiones) pasa a sancionarse con 200€ de multa.

 

  1. Adelantar de manera peligrosa a los ciclistas pasa a restar 6 puntos, debiendo cambiar de carril en caso de vía con más de una vía de circulación para adelantar al ciclista, manteniendo el metro y medio de seguridad.

 

  1. Utilización de dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce entre el casco y la cabeza del usuario: 3 puntos y 200€ de sanción.

 

B) INFRACCIONES MUY GRAVES

 

  1. Arrojar objetos que pueden ser peligroso, hasta el punto de originar un incendio o un accidente, se tipifica como acción muy grave y costa 6 puntos y 500€ de multa.
  2. Se sanciona con 500€ y la imposibilidad de poder presentarse al examen de conducir en un plazo de 6 meses para el caso de la utilización de intercomunicadores u otros dispositivos que se utilicen para hacer trampas en el examen de conducir.
  3. El incumplimiento de las normas en materia de auxilio en las vías públicas: 500€ de sanción.

 

C) OTRAS MODIFICACIONES

 

  1. Margen para adelantar: se suprime el margen de 20 km/h para adelantar a otros vehículos.
  2. Se posibilita el recuperar 2 puntos de carné realizando cursos de conducción segura, unificándose en 2 años el tiempo que debe transcurrir para recuperar el saldo inicial de 8.
  3. Los conductores menores de edad de cualquier vehículo (ciclomotores, permiso AM, motos hasta 125 cc bicicletas y vehículos de movilidad personal), no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0, tanto en sangre como aire espirado.
  4. Sanción de 200€ por conducir un vehículo teniendo el permiso de conducción suspendido como medida cautelar o teniendo prohibido su uso.

 

 

Si necesitas más información sobre este tema no dudes en contactarnos.



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