Fiscal y Derecho Tributario newspaper Noticia
El lunes 27 de enero fue publicado en el diario Expansión el siguiente artículo sobre el Impuesto de Sucesiones en Cataluña del socio Leonardo Cárdenas:
En el anteproyecto de ley de medidas fiscales para el año 2020, propuesto por el Govern de la Generalitat de Catalunya, que se encuentra pendiente de aprobación en el Parlament, se van a modificar y crear nuevas figuras impositivas. Uno de los que se verá afectado será el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
Del análisis de urgencia sobre las medidas propuestas, se detrae la conclusión de que existirá un incremento significativo del Impuesto sobre Sucesiones que van a padecer los herederos que sean hijos de residentes en Cataluña.
De esta manera, veremos que la bonificación en el impuesto que los hijos disfrutaban en el mismo y que, actualmente, podría llegar en los casos de menor cuantía, a un 99% del impuesto a pagar, ahora se reduce a un 60%, pudiendo llegar a una reducción máxima de 28,92 %, frente al 57,37 % de la normativa vigente.
Actualmente, cuando los hijos o cónyuges heredan, y dentro de los activos que configuren la herencia o la donación a percibir, hay bienes o participaciones de Empresas Familiares, podrán aplicar una reducción del 95 % sobre el valor de esto.
Este valor reducido se integrará con el resto de bienes de la herencia que perciban cada uno de ellos, a los que les será de aplicación la bonificación anteriormente citada, que quedará reducida en la mitad (a modo de ejemplo, en vez de ser del 99%, sería el 49,5%).
Por el contrario, según el anteproyecto, se elimina cualquier bonificación fiscal, cuando se aplique el beneficio fiscal sobre la Empresa Familiar, con el incremento en impuesto que eso significará.
Las medidas propuestas no solo son esas, sino que, además, se introduce nuevamente, elementos en la configuración del impuesto que habían sido denostados en el pasado, como era el patrimonio preexistente de los beneficiaros de las herencias. De esta manera, cuando el cónyuge o los hijos con un patrimonio superior 500.000 €, tengan que heredar, verán que su factura fiscal se verá incrementada entre un 10% y un 20 %.
A modo de ejemplo diremos que en el supuesto de que un hijo y una hija hereden de su padre bienes por valor de 500.000 €, y un millón de euros, y su patrimonio preexistente sea de 500.000,01 €, el resultado sería el siguiente:
Hijo | Hija | |
Herencia | 500.000,00 € | 1.000.000,00 € |
Normativa actual | 1.110,00 € | 28.490,00 € |
Propuesta Govern | 30.723,00 € | 113.451,25 € |
Incremento de impuestos | 29.613,00 € | 84.961,25 € |
Incremento % fiscal | 2.767,83 % | 398,21 % |
Como se podrá comprobar, el incremento de impuestos que sufrirán las herencias y donaciones de padres a hijos, y una vez aprobada la modificación propuesta, implicará que, nuevamente la carga fiscal recaerá sobre las clases medias catalanas.
Si a ello unimos que, muy posiblemente, también sean aprobados por el Estado, los denominados “precios de referencia” de los inmuebles, que incrementarán notablemente los valores de este tipo de bienes en diferentes impuestos, entre ellos el ISD, dará como resultado una presión fiscal mucho más alta que en otras Comunidades Autónomas, donde el tratamiento fiscal a las herencias es mucho más liviano, y hará que la brecha impositiva, con respecto a Madrid, entre otras, se ahonde significativamente.
Es necesario, por tanto, una reflexión por parte de nuestros representantes políticos, para que no se aprueben unas modificaciones fiscales que penalicen la transmisión y la continuidad de las empresas en Catalunya, motor básico del empleo y de generación de riqueza del país.
En todo caso, si finalmente son aprobadas las reformas ahora propuestas, los contribuyentes en Catalunya deberán nuevamente planificar de la forma más adecuada posible las herencias para mitigar el impacto de la factura fiscal
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