
Nueva moratoria concursal: 31 de diciembre de 2021
Vanessa Herrero Sanz, abogada área Gestión de Crisis. AGM Abogados
El pasado día 12 de marzo se aprobó en Consejo de Ministros un nuevo paquete de medidas tendentes a aliviar la difícil situación que atraviesan muchas empresas españolas, articuladas bajo el Real Decreto-Ley 5/2021, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19.
Entre otras novedades, y por lo que se refiere al ámbito concursal, la norma prorroga a 31 de diciembre de 2021 los plazos que la Ley 3/2020, de 18 de septiembre preveía que venciesen el 14 de marzo, y por tanto:
- Se extienden las moratorias relativas a la exención del deber del deudor de solicitar la declaración de concurso y la no admisión a trámite de las solicitudes de concurso que presenten los acreedores. En este sentido, se contiene una importante aclaración, al puntualizar que el plazo de 2 meses exigible para que la sociedad en insolvencia presente concurso de acreedores, se computará desde la finalización del plazo prorrogado.
- Se amplía el plazo para renegociar, tanto los acuerdos de refinanciación y acuerdos extrajudiciales de pago (instrumentos previos al concurso), como los propios convenios concursales.
- Se amplían hasta el 31 de diciembre de 2021 las medidas procesales que agilizan los procesos, como la tramitación preferente y el fomento de la subasta extrajudicial.
Por último, se anuncia también que se agiliza la transposición de la Directiva de reestructuraciones, que modificará el Texto Refundido de la Ley Concursal, para contar con un marco legal concursal más ágil y moderno.
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