Origen, desarrollo y futuro de las Inversiones Socialmente Responsables (ISR)

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AGM Abogados

Con el artículo “Origen, desarrollo y futuro de las inversiones socialmente responsables (ISR)” se analizan las inversiones socialmente responsables, tanto su origen, como su desarrollo y situación actual. Además, se analizan los principales avances en los que se está trabajando y la posible evolución futura de este tipo de inversiones. Todo ello, con el objetivo de ofrecer una imagen general sobre este tipo de inversiones, incluyendo su correcta identificación y comprensión. A continuación, se destacan algunas de las ideas expuestas en el artículo publicado en la revista Recari.

Si bien la Inversión Socialmente Responsable (ISR) no tiene una definición única, esta se sustenta en los conocidos como criterios ASG (criterios ambientales, sociales y de gobierno corporativo). Por ello se parte de una definición que entiende las ISR como: la forma de inversión que integra tanto criterios financieros como criterios ambientales, sociales y de gobierno corporativo en la toma de decisiones referidas al procedimiento de inversión, con el objetivo de provocar un impacto positivo en materia de desarrollo sostenible.

Los criterios ASG son un conjunto de reglas a seguir a la hora de tomar decisiones empresariales. Dichas reglas incluyen tanto criterios positivos sobre qué tipo de activos y proyectos son válidos para invertir en ellos, por su carácter positivo más allá de los criterios financieros y, en especial en materia de desarrollo sostenible, así como criterios negativos sobre qué tipo de activos y proyectos no son válidos para invertir en ellos. Cunado una inversión incluye criterios ASG, podemos considerar ésta como inversión socialmente responsable.

El artículo repasa el origen de las ISR, desde sus inicios de carácter religioso, pasando por la etapa de desarrollo y expansión iniciada en los años 60 y 70, hasta su período de madurez entrados ya en el siglo XXI.

El marco normativo de las ISR es especialmente difuso y tiene distintas fuentes, que pueden clasificarse en cuatro grupos: (i) en un primer grupo, se hallan instrumentos con objetivos globales y más genéricos; (ii) en un segundo grupo, son necesarios otros acuerdos más concretos, normalmente por materia; (iii) en un tercer grupo, son necesarias normas internas con obligaciones específicas a las entidades y ciudadanos de cada estado y, (iv) finalmente en un cuarto grupo, de forma paralela a las medidas gubernamentales, el sector privado se organiza para adoptar otros instrumentos de todo tipo, cuyo contenido se centra en la implementación de buenas prácticas en el sector.

En relación con el ordenamiento jurídico español, las principales normas que afectan a las ISR son las siguientes:

  • Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
  • Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.
  • Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.

En cuanto a la Unión Europea, destaca el Reglamento (UE) sobre un marco para facilitar las inversiones sostenibles y la Taxonomía sostenible de la Unión Europea. Con estos dos instrumentos las ISR tendrán un marco sobre el cual identificar y medir la sostenibilidad de las actividades económicas y, con ello, de las inversiones.

En relación con las estrategias a seguir por las ISR, estas se pueden dividir en tres grandes grupos y estos, a su vez, en otras subclases.

El primer grupo se forma por las estrategias de exclusión, referidas a normas que impide invertir en ciertos activos, cuyas subclases son: (a) exclusión por categoría, o exclusiones por objeto, y (b) por cumplimiento con criterios ASG, o exclusiones por sujeto.

El segundo grupo se forma por las estrategias de selección responsable, que se pueden dividir en tres subclases: (a) best-in-class, (b) selección por cuestiones de mejora en sostenibilidad (fondos temáticos) y (c) integración de criterios ASG en los criterios financieros.

El tercer grupo se forma por las estrategias de activismo accionarial (diálogo activo y voto efectivo), cuyas subclases son: (a) inversiones de impacto interno concreto y (b) estrategias de transformación interna.

Del análisis del desarrollo y situación actual, se concluye que las ISR se hallan en una posición de madurez y sofisticación suficiente para implementarse y consolidarse en el mercado. Además, se entiende que las ISR han devenido una nueva práctica mercantil que puede seguir su expansión incluso sin un marco jurídico claro, si bien, es recomendable que los legisladores y distintos estados sigan aprobando nuevos instrumentos legales que ayuden a su expansión.

En relación con las recientes consecuencias provocadas por la COVID-19, se expone lo que parece un giro de la globalización y libre mercado hacía un modelo económico y de comercio internacional más controlado, si bien, las ISR podrán superar este reto gracias a su presencia en la buena praxis empresarial.

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