
¿Tienes un permiso de trabajo que te vincula a la empresa y temes por tu puesto de trabajo?
Laura Caballero Gutiérrez, abogada área Inmigración. AGM Abogados
Desde la crisis del Covid-19 son muchas las empresas que están teniendo problemas económicos cuya consecuencia, en ocasiones, es un ERTE o incluso despedidos de los trabajadores. Y es que, si para los propios nacionales las oportunidades de trabajo se han reducido de forma drástica, para los profesionales extranjeros esta situación conlleva una complicación añadida por el hecho de que sus permisos de residencia están estrictamente ligados al contrato de trabajo que se presentó para solicitar el permiso. En este artículo vamos a tratar de clarificar las opciones que hay en el caso que seas titular de un permiso de residencia como profesional altamente cualificado o titular de una autorización de residencia para prácticas, casos en los que esa residencia está como decimos ligada al mantenimiento de las circunstancias que la originaron, es decir, a mantener el contrato de trabajo.
El primer aspecto que debemos tener en cuenta es que tanto la residencia de profesional altamente cualificado como la autorización de residencia para prácticas están vinculadas a la empresa, esto quiere decir que, si el trabajador decide irse o la empresa prescindir de él, será requisito indispensable modificar o solicitar un nuevo permiso si la intención es permanecer en España.
Optar por modificar o solicitar un nuevo permiso va a depender de la situación laboral del extranjero y de la empresa en la que trabaja. Además, como ya ha pasado un año y medio desde que el poder legislativo español transpuso la directiva comunitaria a través del Real Decreto 11/2018 sobre la autorización de residencia para prácticas, se amplía las posibilidades para los titulares extranjeros de este tipo de permiso.
El primer aspecto que debemos de plantearnos es si se ha cumplido un año como residente en España con uno de los dos permisos mencionados. En estos casos, la ley permite modificar el permiso a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena inicial de régimen general sin necesidad de verificar si la situación nacional de empleo lo permite. Este permiso ofrece múltiples ventajas, como por ejemplo, cambiar de trabajo con mucha más flexibilidad, ya que no habrá limitaciones en cuanto a un salario mínimo y el puesto de trabajo no tendrá que estar relacionado con los estudios realizados. Es importante destacar que para solicitar el permiso de cuenta ajena inicial de régimen general se debe de presentar un contrato de trabajo en vigor.
Por otro lado, si aún no ha pasado un año desde que se obtuvo la concesión del permiso y se obtiene una oferta de trabajo por parte de otra empresa, la solución será solicitar un nuevo permiso en función de las características del puesto de trabajo: para los profesionales altamente cualificados se deberá de aplicar un salario fijo mínimo de 41.000€ brutos anuales (puede variar según la edad del extranjero y de las características de la empresa) y para la autorización de residencia para prácticas será esencial que el puesto de trabajo ofertado tenga relación con el título superior obtenido hace menos de 2 años.
Otro escenario que se puede plantear es que el extranjero haya sido titular de una autorización de búsqueda de empleo antes de haber optado por uno de los anteriores permisos descritos. Si es así, la autorización de búsqueda de empleo también es un permiso de residencia y, por lo tanto, se deberá sumar el tiempo de ambos permisos concedidos.
Aunque en estos momentos no exista un riesgo de perder el empleo, la opción de solicitar un cambio a régimen general cuando ya se ha cumplido un año de residencia puede ser atractiva para los profesionales en estas situaciones, dado que una vez cuenten con la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena del llamado Régimen General de Extranjería su capacidad de cambiar de empleo incrementa al no ser necesario que la nueva empresa realice ninguna gestión para su contratación.
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