Ya está operativo el nuevo registro público concursal

Mediante el Real Decreto 892/2013 de 15 de noviembre se acordó la creación del nuevo Registro Público Concursal que ha empezado a funcionar en el mes de marzo de 2014. 

 

El nuevo Registro Público Concursal supondrá varias novedades, a mi modo de ver ventajosas, entre las que se encuentran:

 

1. Unificará toda la información relativa al concursado, interconectando los datos del propio Registro Público Concursal con los de los Registros de la Propiedad, los del Juzgado y los Registros Mercantiles.

 

2. En él podremos conocer no sólo las resoluciones que acuerden la declaración de concurso, sino también otras realidades previas y que producen efectos relevantes. Así, el nuevo Registro reflejará la publicación de:

 

a) Resoluciones concursales, incluida la comunicación de iniciación de negociaciones previas al concurso previstas en el artículo 5 bis de la Ley Concursal que hasta ahora no era objeto de publicidad registral.

 

b) El inicio de la tramitación del nuevo “acuerdo extrajudicial de pagos”, introducido por la ley de ayuda al emprendedor.

 

3. Su acceso será más sencillo, universal y gratuito. Se podrá consultar por cualquiera y sin necesidad de demostrar un interés legítimo. El Registro será on – line, gestionado por el Ministerio de Justicia con la colaboración de los Juzgados y los Colegios de Registradores, para facilitar la mutua actualización de datos con los Registros Mercantiles, de la Propiedad y de Bienes Muebles.

 



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