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Con el arranque de la campaña de la Renta 2026 el próximo miércoles 8 de abril, muchos contribuyentes vuelven a plantearse una de las dudas más habituales: cuánto tarda Hacienda en devolver el dinero de la declaración de la renta y qué ocurre si el ingreso se retrasa. La campaña corresponde al ejercicio fiscal 2025, por lo que desde esa fecha ya podrá presentarse el IRPF y consultar el estado de la devolución.
A continuación, resolvemos las preguntas más frecuentes sobre la devolución de la renta, los plazos máximos que marca la ley y las opciones disponibles si no recibes el ingreso a tiempo.
¿Cuándo empiezan las devoluciones de la renta?
Las primeras devoluciones comienzan pocos días después del inicio de la campaña, normalmente en abril, si la declaración se presenta pronto y no tiene incidencias. El hecho de que algunos contribuyentes reciban el ingreso en días no significa que Hacienda esté obligada a hacerlo antes del plazo máximo de seis meses.
Para la campaña de la declaración de la Renta 2026, correspondiente al ejercicio fiscal 2025 en España, el plazo de presentación finaliza el 30 de junio de 2026. A partir de esa fecha, Hacienda dispone hasta el 31 de diciembre de 2026 para efectuar las devoluciones a los contribuyentes.
¿Hasta cuándo tiene Hacienda para devolver la renta?
Hacienda tiene un plazo máximo de seis meses desde que finaliza la campaña para devolver el dinero a los contribuyentes con resultado a devolver. Este derecho está recogido en el artículo 31 de la Ley General Tributaria (LGT).
- Si el ingreso se realiza dentro de ese plazo, no se generan intereses.
- Si Hacienda supera el plazo máximo, debe añadir automáticamente intereses de demora al importe de la devolución.
- En la práctica, la mayoría de devoluciones se producen en 1 a 3 semanas tras la presentación, aunque el límite legal es de seis meses después del cierre de la campaña.
Plazos Renta 2026: si la campaña termina el 30 de junio de 2026, Hacienda tiene hasta el 31 de diciembre de 2026 para ingresar la devolución.
¿Qué pasa si Hacienda no devuelve el dinero dentro del plazo?
Si transcurren los 6 meses sin que se haya ordenado el pago – y la causa es imputable a la Administración -, el contribuyente tiene derecho a recibir intereses de demora junto con el importe de la devolución. Estos intereses se calculan automáticamente, sin necesidad de reclamarlos, aunque es muy recomendable revisar que el cálculo sea correcto.
¿Puede haber excepciones en el plazo de devolución de la renta?
Sí. En algunos casos, Hacienda puede iniciar un procedimiento de comprobación o inspección sobre la declaración. Cuando esto ocurre, el plazo queda suspendido hasta que finalice dicho procedimiento.
Otras causas frecuentes de retraso:
- Datos bancarios incorrectos o cuenta no activa.
- Discrepancias entre los datos declarados y los de terceros.
- Declaración presentada en papel en lugar de por vía telemática.
- Existencia de deudas pendientes con la AEAT u otras Administraciones.
¿Y si presenté la declaración de la renta fuera de plazo?
Si la declaración se presentó fuera del plazo voluntario con resultado a devolver, el plazo de seis meses comienza desde la fecha de presentación efectiva, no desde el fin de la campaña.
No obstante, pueden aplicarse recargos por presentación extemporánea que Hacienda puede compensar con el importe a devolver.
¿Qué hacer si Hacienda no te devuelve el dinero?
Si se cumple el plazo y Hacienda no ha ingresado el dinero, el contribuyente dispone de estas opciones:
- Esperar la devolución con intereses: Hacienda notificará el importe y los intereses. Revisa siempre que el cálculo sea correcto.
- Contactar con la Agencia Tributaria: A través de cita previa en tu delegación de la AEAT o por el teléfono 901 33 55 33.
- Presentar un escrito de requerimiento de pago: Documento formal dirigido a la AEAT solicitando la devolución y el abono de intereses de demora.
- Interponer una reclamación económico-administrativa: Si existe resolución expresa o silencio administrativo, se puede acudir al Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR).
- Recurso contencioso-administrativo: Si el TEAR desestima la reclamación, es posible acudir a la vía contencioso-administrativa.
¿Cómo consultar el estado de la devolución de la renta?
La consulta de la devolución de la renta se puede realizar a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Existen tres formas de acceder al estado de la devolución de la renta:
- Con certificado digital o DNIe.
- Mediante sistema Cl@ve PIN.
- Con el número de referencia de la declaración.
El sistema mostrará si la declaración está en tramitación, pendiente de comprobación o ya ordenada para pago. Si aparece como ordenada para pago, el ingreso suele llegar en 1-3 días hábiles.
¿Necesitas ayuda con la devolución de la renta?
Si Hacienda no cumple con los plazos, detectas errores en el cálculo de intereses o necesitas reclamar una devolución, en AGM Abogados contamos con un equipo de especialistas en Derecho Fiscal que puede ayudarte.
Contacta con nosotros y recibe asesoramiento experto para defender tus derechos frente a la Agencia Tributaria.
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